Aprobé, ¿y ahora qué?
Siempre recordaré mi primera visita a una gestoría tras haber aprobado la oposición, poco antes de empezar a trabajar en mi primer destino. Tras presentarme, y decir que iba a ser el nuevo notario, la persona que me atendió me habló de las cuestiones básicas de las que se tiene que ocupar cualquier autónomo, tales como las bases de cotización a la seguridad social, modalidades de contratación de empleados, retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados, dando por hecho que para alguien que había aprobado la oposición a notarías, todas esas cuestiones eran meros trámites que debían darse por sabidos.
A eso habría que añadir que, en aquel momento, debía contratar el programa de gestión de la notaría, todos los equipos informáticos, mobiliario, alquiler del local y en definitiva todo lo que se necesita para montar un negocio. Así que lo primero que pensé fue: ¿dónde estaba esto en el temario de la oposición? Y si estás leyendo estas líneas pensarás: ¿cómo es que el notario tiene que ocuparse de estas cosas?
Pues bien, se debe a que los notarios, aun siendo funcionarios públicos, ejercemos nuestra función de manera autónoma e independiente.
Somos funcionarios porque realizamos una función pública, tras aprobar una oposición, en notarías cuya demarcación depende del Ministerio de Justicia. Damos fe y controlamos la legalidad de los documentos que autorizamos, lo que engloba el juicio de capacidad de los otorgantes, la suficiencia de representación alegada, la acreditación de medios de pago, la comprobación de propiedad, el estado de cargas, y la congruencia del documento redactado con la voluntad de la persona que solicita nuestros servicios, que debe adaptarse a la legislación vigente. Pensad en lo que supone eso en actos tan importantes en la vida de una persona como hacer testamento, casarse, otorgar un poder, comprar un inmueble, contratar una hipoteca o crear una sociedad.
Además, debemos remitir toda la información sobre los documentos autorizados, lo cual es muy importante en temas como la prevención de fraude fiscal y del blanqueo de capitales. Y debemos conservar en soporte físico e informático toda la documentación autorizada.
Pero también somos profesionales autónomos porque todo eso lo hacemos bajo nuestra exclusiva responsabilidad, organizando la notaría (local, medios y empleados) como creamos conveniente y haciéndonos cargo de todos los costes; en definitiva, como cualquier otro autónomo.
Seguramente te preguntarás si nuestro salario corre a cargo del Estado. La respuesta es no: los notarios, en el desempeño de nuestra función, no le costamos ni un euro a las arcas públicas. Tampoco cobramos por el asesoramiento profesional y cualificado que prestamos. Sólo cobramos a las personas que requieren nuestros servicios por los documentos que autorizamos, con arreglo a unas tarifas recogidas en un arancel público, disponible en todas las notarías.
ARTÍCULOS SIMILARES
Hay ciertas profesiones que, quizá, no son tan vocacionales como médico o policía. No son “atractivas” para un adolescente que solo busca ...
Una de las principales características del notariado español, es que los aproximadamente 2.800 notarios que somos, cubrimos toda la geografía ...
La respuesta es sencilla: cualitativamente. El salto se produjo en el momento en que se permitió a la mujer optar por ser notario; es decir, ...